Abogada sancionada por enviar sentencia por Whatsapp

El pasado 11 de febrero de 2022, una particular presentó reclamación contra su abogada ante la Agencia Española de Protección de Datos.

El motivo de esta reclamación no fue otro que enviar vía WhatsApp a terceros una sentencia que contenía datos personales de la afectada, con el fin de promocionarse profesionalmente.

Por su parte, la AEPD trasladó la reclamación a la parte reclamada, sin obtener respuesta alguna. No presentó alegaciones de defensa ni pruebas que pudieran contradecir los hechos denunciados.

Incumplimiento RGPD por enviar sentencia con datos personales

Tras un análisis de los hechos denunciados, la AEPD vino a recordar el concepto del consentimiento, recogido en el art. 4.11 RGPD:

Toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen“.

Mencionó, por tanto, el incumplimiento del artículo 6 RGPD, que recoge los supuestos de licitud de tratamiento de datos.

No se cumplió tampoco con los deberes de integridad ni confidencialidad, vulnerando así el artículo 5.1.f) RGPD.

La abogada reclamada compartió una sentencia en la que era parte la reclamante, sin contar con el consentimiento de la misma, suponiendo una ilicitud en el tratamiento de sus datos personales. No contaba con la legitimación propia para ello.

Tampoco garantizó una seguridad adecuada para el tratamiento de los datos personales de la reclamante.

Por tanto, la abogada sancionada por enviar los datos personales de su cliente contenidos en la sentencia a través de la plataforma de mensajería Whatsapp se enfrentó a la siguiente sanción:

Sanción

Con todo ello, la AEPD, ajustándose a los parámetros sancionadores del art. 83 RGPD, ha sancionado a la abogada reclamada con el pago de las siguientes cantidades:

  • Multa de 2.000€ por la vulneración del artículo 6 RGPD.
  • Multa de la vulneración del artículo 5.1.f) RGPD.

Por tanto, el importe total a pagar ascendió a 4.000€.

Para cualquier duda, en Auratech Legal Solutions estaremos a su disposición.

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