En este artículo vamos a tratar...
Abogada sancionada por enviar una sentencia por WhatsApp
La Agencia Española de Protección de Datos sancionó a una abogada por enviar a terceros, a través de WhatsApp, una sentencia que contenía datos personales de su clienta. El envío se realizó con una finalidad promocional, sin contar con una base legitimadora adecuada.
El caso es un buen recordatorio para despachos profesionales y empresas: una sentencia puede contener datos personales, datos especialmente sensibles o información identificativa de terceros. Compartirla por mensajería sin anonimizar y sin base jurídica puede vulnerar el RGPD.
Por qué enviar una sentencia por WhatsApp puede infringir el RGPD
El RGPD exige que todo tratamiento de datos personales tenga una base jurídica válida. En este caso, la comunicación de la sentencia a terceros no contaba con consentimiento ni con otra base de legitimación suficiente.
Además, el artículo 5.1.f) RGPD exige tratar los datos personales garantizando una seguridad adecuada, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito. Enviar documentación judicial por WhatsApp a personas ajenas al procedimiento puede comprometer la confidencialidad.
Qué artículos se vulneraron
- Artículo 6 RGPD: licitud del tratamiento. No puede comunicarse información personal a terceros sin una base jurídica válida.
- Artículo 5.1.f) RGPD: integridad y confidencialidad. El responsable debe proteger la información frente a accesos o comunicaciones no autorizadas.
Importe de la sanción
La sanción total ascendió a 4.000 euros, desglosada en dos multas: una por vulneración de la licitud del tratamiento y otra por incumplir el principio de integridad y confidencialidad.
Lecciones para despachos y empresas
Antes de compartir una resolución judicial, contrato, informe o documento con datos personales, conviene revisar:
- Si existe una base jurídica para comunicar esos datos.
- Si el documento debe anonimizarse o seudonimizarse.
- Si el canal utilizado es adecuado y seguro.
- Si la finalidad promocional o comercial está permitida.
- Si se han aplicado medidas de confidencialidad y minimización.
WhatsApp puede ser una herramienta cotidiana, pero no convierte en lícito cualquier envío de información profesional. Cuando se tratan datos de clientes, trabajadores o terceros, la empresa o profesional debe valorar el canal, la finalidad y la base jurídica antes de compartir documentación.
Para cualquier duda, en Auratech Legal Solutions estaremos a su disposición.





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