La estafa en formación es aquella práctica empresarial por la que se “obliga” a realizar a la empresa contratante, año tras año, un curso en materia de Protección de Datos

Los estafadores argumentan este carácter obligacional en el texto legal, sin especificar en el mismo, de forma que se prevalecen del desconocimiento del cliente “ex legos” para adjudicarles estos cursos innecesarios. A pesar de haber sido detectada esta práctica fraudulenta hace unos años, hoy día sigue estando a la orden del día.

Se debe resaltar que no es cierto que el actual Reglamento UE 2016/679, ni el nuevo anteproyecto de ley, obligue a realizar cursos en materia de Protección de Datos todos los años, así como tampoco lo obligaba la antigua LOPD 15/1999, ni en su reglamento RLOPD 1720/2007.

Por ello, cualquier empresa que trate datos a nivel básico, a los cuales acceden una o dos personas, no debería contratar este tipo de servicios anuales. Y en especial, cuando se sobreentiende que estas empresas ya han realizado un “curso inicial de formación” al ajustarse a las exigencias del Delegado de Protección de Datos para el correcto tratamiento de los datos sensibles.

Para identificar este tipo de fraude debemos observar el tipo de curso de formación que vamos a contartar. Para ello, debemos tener en cuenta que:

La práctica habitual es su ofrecimiento a modo de “obsequio”, o bien a un precio muy asequible, con la finalidad de “adaptar” nuestra empresa al la vigente legislación en alguna de las siguientes materias: ley de servicios de la sociedad de la información, prevención del blanqueo de capitales, la prevención de la responsabilidad penal de las personas jurídicas (Compliance), la prevención de riesgos laborales, así como en materia de protección de datos, la cual nos encontramos especializados. 

Este tipo de prestaciones obsequiadas tienen una amplia casuística debido a que cada empresa “formadora” tiene su propio modus operandi, que abarca: desde la entrega de manuales del tipo “do it yourself”, el envío de plantillas sin personalizar sin más explicaciones, hasta los que realizan la inscripción de la empresa en los ficheros de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Pero la práctica más peligrosa es la que ofrece productos en materia de Protección de Datos a cambio de Créditos de Formación. Situación que parece haberse disparado tras la aprobación del RGPD (2016/679).

Se caracteriza porque estas empresas ya no solo nos van a ofrecer servicios de dudosa calidad, sino que además se están sirviendo de subvenciones estatales a las que no podemos acceder como empresario con tales fines. 

Debemos recordar que las acciones formativas que programen las empresas deberán guardar relación con la actividad empresarial, y nunca podrán ir destinadas a servicios de asesoría, consultoría, e implantación de la normativas (protección de datos, calidad, etc.).

En el caso de hacerlo, el artículo 16.1 de la ley 30/2015 considera (letras d, e y f) este acto dentro de las infracciones muy graves (40.1.f) y podrán aplicarse sanciones accesorias (46), por ser un fraude en toda regla en el manejo de fondos públicos.

En consecuencia, el empresario como responsable puede ser sancionado desde la devolución de los importes bonificados, hasta posibles sanciones pecuniarias impuestas por la Administración Pública. Y en los casos más extremos, puede llegarse incluso a acciones de carácter penal. 

¿Cómo terminar con estos abusos? 

Recuerde que como empresario es el responsable legal de su entidad y, por ello, debe evitar que terceros realicen prácticas fraudulentas con su negocio. También debe poner freno, si es necesario, a su asesor legal cuando crea que va actuar fuera del marco de la legalidad y la buena fe. 

No obstante, si carece de esté o no está conforme con el que tiene, no lo dude y pongase en contacto con nosotros.

Desde Auratech Legal Solutions estamos 100% comprometidos con la correcta utilización del régimen jurídico y, por lo tanto, informamos a todos nuestros clientes sobre este tipo de prácticas fraudulentas para así evitar las posibles consecuencias negativas que puedan conllevar.

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