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Rechazar cookies no necesarias: qué exige la AEPD a las webs

Una empresa puede ser sancionada si su banner de cookies permite aceptar fácilmente, pero no ofrece una forma equivalente de rechazar cookies no necesarias. Las cookies técnicas pueden usarse sin consentimiento cuando son imprescindibles, pero las analíticas, publicitarias o de personalización no necesarias exigen una elección libre e informada.

Qué exige la AEPD sobre rechazar cookies

La Guía sobre el uso de cookies de la AEPD recoge que el usuario debe poder aceptar, configurar o rechazar cookies de forma clara. La propia AEPD anunció que los criterios actualizados debían aplicarse a más tardar el 11 de enero de 2024 en su nota sobre la actualización de la Guía de Cookies.

Errores frecuentes en banners de cookies

Cómo debería funcionar un banner conforme

El banner debe informar de forma clara sobre quién utiliza las cookies, para qué finalidades y cómo puede el usuario cambiar su decisión. Si se muestra un botón de “Aceptar”, el usuario debe tener una alternativa equivalente para rechazar o configurar sin obstáculos innecesarios.

También es importante que la política de cookies detalle tipos de cookies, responsables, duración, finalidad y forma de revocar el consentimiento.

Checklist para empresas

Conclusión

No permitir rechazar cookies no necesarias es uno de los errores más visibles de una web. Además de generar riesgo de sanción, transmite falta de transparencia. Un banner claro, equilibrado y correctamente configurado mejora el cumplimiento y la confianza del usuario.

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