El uso de software sin licencia es una de las principales amenazas para la seguridad digital en las empresas. Supone vulnerabilidades de seguridad para los usuarios y empresas dando lugar a intentos de invasión a dispositivos o redes.Multa un software pirata
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante impuso una sanción de 453.000 euros por daños y perjuicios a dos empresas valencianas por la reproducción de programas de software sin licencia. Se trata de una de las mayores sanciones impuestas hasta la fecha en España a una empresa por la instalación y reproducción de programas de ordenador infringiendo los derechos de propiedad intelectual de los autores del software. Multa a dos empresas por usar un software pirata
El procedimiento comenzó en 2015 mediante la presentación de la denuncia en los juzgados de Alicante tras la publicación de una queja de un organismo internacional que persigue el uso de software pirata conocido como BSA, The Software Alliance.
The Software Alliance realiza dos tipos de acciones; sensibilizar contra la piratería y emprender acciones legales contra quienes no cumplen con la normativa aplicable.
El Juzgado de lo Mercantil ordenó el registro de los locales de la empresa con sede en la ciudad alicantina. Como resultado del seguimiento pericial realizado a varios ordenadores, se encontró la instalación no autorizada de un software.
El Juzgado de lo Mercantil falló a favor de la parte demandante. Concluyó con el pago de una indemnización de 453.480 euros en concepto de daños y perjuicios. Además del pago de la indemnización, la empresa demandada deberá destruir las copias del software ilegal halladas en sus equipos y cesar en su uso.
No obstante, las empresas consiguieron rebajar un 15 por ciento la indemnización gracias a un acuerdo transaccional suscrito entre las partes por la satisfacción extraprocesal.
Consecuencias legales
Tras la reforma del Código Penal de julio de 2015, el uso de cualquier software ilegal está contemplado como delito en el Código Penal.
Según la reforma del Código penal, junto con la legislación de las sociedades de capital y la ley de propiedad intelectual se concluye que las sanciones en las que pudieran incurrir las empresas pudieran ser:
- Sanciones económicas de hasta los 280.000
- La disolución de la persona jurídica al cargo de la gestión de la empresa, lo que implicaría el cese de la actividad por parte de la empresa gestionada.
- Suspensión de las actividades por un plazo no superior a los cinco años.
- Prohibición total de efectuar en el futuro cualquier tipo de actividad en cuya realización se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.
- Inhabilitación para recibir cualquier tipo de ayuda pública, durante un plazo que, como máximo, sería de quince años.
- Posibilidad de la intervención judicial, con el fin de salvaguardar los derechos de terceros afectados, como los trabajadores o acreedores.
En cambio, para los administradores se preven penas de hasta cuatro años de cárcel, por delitos contra la propiedad intelectual, así como multas que estarían en la línea de las establecidas para las personas jurídicas.
Otras sanciones por incumplimiento de las obligaciones legales
No se trata de la única empresa sancionada en esta materia. Otras dos empresas de consultoría y diseño situadas en Valencia fueron objeto de una investigación judicial contra la propiedad intelectual de Microsoft, Adobe y Autodesk. En el curso de la investigación, los peritos judiciales revisaron casi 50 ordenadores dando con el uso de software ilegal en varios equipos pudiendo oscilar la sanción entre los 150.000 y los 200.000 euros.
Con ello, el Tribunal Supremo ha condenado a seis meses de cárcel y 3.600 euros de multa a la dueña de un locutorio en el madrileño barrio de Vallecas por un delito contra la propiedad intelectual al tener dos ordenadores con Windows y Office pirateados.
Según una encuesta global de software, en España, cuatro de cada diez empresas utilizan softwares sin licencia situando a las empresas españolas 15 puntos por encima de la media de los países de Europa Occidental.
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