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Instalación de cámaras de videovigilancia en vía pública

Cámaras de videovigilancia que enfocan la vía pública

El 27 de enero de 2022 un particular presentó una reclamación ante la AEPD, debido a la instalación de cámaras de videovigilancia por parte de otro particular, las cuales enfocaban a la vía pública colindante.

La demandante alega la falta de instalación del preceptivo cartel informativo de videovigilancia.

Alega, también, que la instalación de dichas cámaras se hizo de forma significativa y no puntual. La zona enfocada resulta ser zona de paso a otras fincas.

Correcta instalación de cámaras de seguridad según la AEPD

Tras un análisis jurídico de la situación aquí planteada, la AEPD señaló lo siguiente:

Actuación del particular demandado según la AEPD

Con respecto a la documental aportada por la parte demandada, la AEPD señaló lo siguiente:

Fallo de la AEPD

Por todo ello, la AEPD condena a la parte demandada al pago de una multa de 1.000€, por incumplimiento del artículo 5.1.c) del RGPD.

Determina que la instalación de las cámaras de seguridad se ha realizado de manera desproporcionada, al enfocar a la vía pública de manera injustificada.

Para evitar posibles sanciones debido a la incorrecta instalación de cámaras de seguridad, en Auratech Legal Solutions ofrecemos la información necesaria para prevenir estas situaciones y actuar de acuerdo a la normativa de la AEPD.

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