Instalar cámaras de videovigilancia enfocando a la vía pública puede generar sanciones si la captación no está justificada. La regla general es que las cámaras privadas deben limitarse al espacio propio: vivienda, local, comunidad o instalación que se pretende proteger.
En este artículo vamos a tratar...
Qué dice la AEPD
La AEPD recoge criterios específicos en su área de videovigilancia y en la Guía sobre el uso de videocámaras. La captación de espacios públicos por particulares o empresas debe ser mínima y solo incidental cuando sea imprescindible para proteger el espacio privado.
Errores frecuentes
- Orientar cámaras directamente a aceras, carreteras o zonas comunes ajenas.
- No colocar cartel informativo visible.
- Permitir acceso a imágenes a personas no autorizadas.
- Conservar grabaciones más tiempo del necesario.
- Instalar cámaras con audio sin una justificación muy sólida.
Checklist antes de instalar cámaras
- Revisa el ángulo de captación y limita zonas ajenas.
- Coloca el cartel de videovigilancia con información básica.
- Define quién puede acceder a las imágenes.
- Establece plazo de conservación, normalmente máximo un mes salvo incidencias.
- Documenta la finalidad y la base jurídica.
Conclusión
La videovigilancia debe ser proporcional. Si una cámara privada capta vía pública de forma no incidental, el riesgo de sanción aumenta. Antes de instalarla conviene ajustar ángulos, información y acceso a imágenes.





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