Responde 4 preguntas y comprueba si tu empresa o entidad está obligada a tener un canal de denuncias según la Ley 2/2023 de protección del informante. No pedimos datos personales ni usamos cookies.
Orientación general basada en los artículos 10 y 13 de la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. No sustituye al análisis jurídico de tu caso concreto. Las respuestas no se guardan ni se envían a ningún sitio.
¿Quién está obligado a tener canal de denuncias?
La Ley 2/2023 obliga a todo el sector público; a las empresas y personas físicas del sector privado con 50 o más trabajadores; a los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y sus fundaciones cuando reciben o gestionan fondos públicos; y a las personas jurídicas de ámbitos regulados por la normativa europea (servicios y mercados financieros, prevención del blanqueo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente), sea cual sea su plantilla.
En Auratech implantamos el canal de denuncias en una plataforma segura en entorno Auratech y actuamos como gestor de las comunicaciones dentro de vuestro comité.

