En este artículo vamos a tratar...
Influencers, la mejor solución para llegar a tu público objetivo.
El uso generalizado de la estrategia de comunicación en redes sociales ha permitido que las marcas puedan llegar al público de una forma muy sencilla mediante los denominados “Influencers”. En consecuencia, cada vez podemos observar más publicaciones colaborativas en diferentes medios donde creadores de contenido y marcas se unen en múltiples posts.
Los denominados creadores de contenido o influencers son personas que cuentan con un alto nivel de crédito sobre el público. Cuentan con un elevado número de seguidores en redes y/o medios de comunicaciones digitales en los que interactúan mediante de posts, videos, tweets, etc. En este grupo se vienen incluyendo los denominados “Instagrammers”, “bloggers”, “Youtubers”, etc. Su contenido abarca desde la moda hasta la tecnología, pasando por los deportes, la cocina y el arte. Podríamos decir que los influencers y la publicidad van de la mano.
¿En qué consiste el Marketing de Influencers?
El desarrollo de las redes sociales ha tenido un gran impacto en la forma en que interactuamos con las marcas y compramos productos. Según los datos de 2020, la confianza en la marca se ha convertido en la clave para conseguir consumidores leales.
Por consiguiente, la aparición de los influencers en las redes sociales es una gran oportunidad para las marcas. Esta herramienta les permite llegar a su audiencia de una forma creíble y menos agresiva. Colaborando con las personas adecuadas, las marcas pueden crear contenido de calidad y amplificar su mensaje para llegar a su público objetivo a través de un canal de confianza.
Gracias a estas estrategias y sus buenos resultados para marcas, a día de hoy son muchas las personas que viven de este sector.
Código de conducta sobre el uso de Influencers en la publicidad
Ahora bien, no todo vale en materia de publicidad. Debido a la profesionalización y a las prácticas encubiertas de acciones publicitarias, siendo conscientes de esta nueva realidad y con la finalidad de garantizar el fomento de una publicidad responsable se estableció el Código de conducta sobre el uso de Influencers en la publicidad.
El código de conducta sobre el uso de influencers en la publicidad se publicó el 9 de octubre de 2020 como parte del Protocolo de fomento de la autorregulación en medios digitales y fue suscrito por AEA, AUTOCONTROL en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (https://avancedigital.mineco.gob.es/es-es/Paginas/index.aspx). Finalmente, entró en vigor el 1 de enero de 2021.
El principal objetivo de esta regulación es que los usuarios puedan identificar si el contenido que consumen se trata de un contenido publicitario o no.
¿Qué medidas establece este código de conducta?
Tal y como indica el propio Código de influencers, las acciones publicitarias de los creadores de contenido están sujetas a la legislación aplicable y en particular al principio de autenticidad o principio de identificación de la publicidad, derivado de la prohibición de publicidad encubierta recogida en la legislación sobre competencia desleal.
En resumidas cuentas, el código de conducta establece que:
- La identificación de la publicidad debe ser explícita y clara. Para ello deberá hacerse uso de identificaciones como “Publicidad”, “Patrocinado por”, “Regalo de…”.
- La identificación de la publicidad debe mantenerse incluso cuando el contenido publicitario del influencer se comparta en distintos perfiles.
- El aviso de publicidad puede hacerse de forma verbal o de forma escrita, siempre y cuando el seguidor esté correctamente informado.
- El aviso debe ser visible.
La AEPD sanciona a una empresa por recabar datos personales a través de sorteos
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 30.000 euros a una empresa por utilizar un sorteo para recabar direcciones de correo electrónico y enviar a éstas posteriormente mensajes no deseados.
La empresa sancionada se dedicaba a la venta online de entradas de eventos y espectáculos. El procedimiento se inició por medio de una reclamación presentada por la Asociación de Consumidores FACUA, que denunció la promoción comercial de esa empresa.
La compañía invitaba a participar en un concurso en el que el premio eran dos entradas para un concierto, y en el que se indicaba los ganadores serían los que enviaran el mayor número de direcciones de correo de sus contactos. De este modo, consiguieron recabar 40.000 direcciones de correo electrónico.
Para la AEPD estas prácticas constituyen una modalidad de ‘spam’. Sin contar con ningún consentimiento previo, expreso, e informado, la compañía sancionada enviaba comunicaciones comerciales no solicitadas a las cuentas de correo electrónico que había recopilado. Por lo expuesto, se consideran técnicas de captación de datos y de envío de publicidad fraudulentas, que se disfrazan utilizando a los propios consumidores.
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