Desde el 14 de abril de 2021 las empresas tienen que disponer de un Registro Retributivo adaptado al Real Decreto Ley 902/2020 y presentar de forma separada las retribuciones de los hombres y mujeres contratados, incluyendo al personal directivo y a los altos cargos. Además, la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, estableció la obligación para las empresas que cuenten con una plantilla de más de 50 trabajadores de implantar un Plan de Igualdad. Importancia plan de igualdad
En este artículo vamos a tratar...
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Los planes de igualdad, ya sean obligatorios o voluntarios, constituyen un conjunto de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, cuya finalidad es alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
¿Qué materias contempla un plan de igualdad?
El plan de igualdad pretende mejorar la situación de toda la plantilla e implica a todas las áreas de gestión de la organización. La ley ha enumerado diferentes materias objeto de ser recogidas en el plan de igualdad:
- Proceso de selección y contratación.
- Clasificación profesional.
- Retribuciones.
- Promoción profesional.
- Formación.
- Condiciones de trabajo.
- Infrarrepresentación femenina.
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- Prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.
¿Qué empresas deben hacer y aplicar estos planes?
El marco diferencia tres supuestos:
-
- Las empresas que cuenten con una plantilla mínima:
- A partir del 7 de marzo de 2022, deberían tener aprobados los planes de igualdad las empresas que cuenten con 50 y 100 empleados/as.
- Cuando se establezca tal obligación por el convenio colectivo aplicable.
- Cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan.
- Las empresas que cuenten con una plantilla mínima:
¿ Qué beneficios aporta contar con un plan de igualdad?
Las ventajas de implantar un nivel de igualdad entre hombres y mujeres en las empresas son múltiples, aunque su elaboración y aplicabilidad requiere de tiempo. Entre otras nos podemos encontrar con:
- Mejora de la imagen de la empresa, al proyectar una imagen de compromiso con la igualdad.
- Mayor productividad y reducción del absentismo.
- Evitar sanciones.
- Mejora del ambiente laboral, mediante la difusión de mensajes de no discriminación, implantación de medidas para la conciliación.
- Mayor oportunidad para seleccionar y retener talento.
- Facilidades para acceder a la contratación con el sector público y subvenciones.
- Prevenir situaciones de acoso sexual o por motivos de sexo.
- Crear un código de conducta destinado a blindar a empresa y trabajadores.
¿A qué sanciones puede enfrentarse la empresa por incumplir las obligaciones en materia de igualdad?
Por no haber establecido un Plan de Igualdad o por incumplir las obligaciones referentes a este ámbito las sanciones se están incrementando. A partir del 1 de octubre de 2021, tras la entrada en vigor del nuevo marco sancionador de la LISOS 10/2021, las sanciones han aumentado:
- Infracciones leves oscilan entre multas de 70 a 750 euros.
- Incumplimientos graves podrían acarrear multas de entre 751 y 7.500 euros.
- Infracciones muy graves incurrirán en multas de entre 7.501 y 225.018 euros.
Empresas sin Plan de Igualdad
Sin embargo, si tu empresa no tiene establecido ningún plan de igualdad o no tiene disponible un registro de sueldos, la sanción podría oscilar entre los 751 y 7.500 euros. Pero en caso de que la Inspección de Trabajo haya comunicado previamente la obligación de elaborar un plan de igualdad, sin haber sido puesto en práctica, la cuantía de la sanción se multiplicará, dando lugar a sanciones muy graves, en torno a los 7.501 a 225.018 euros.
En su caso, se entiende como infracción muy grave la discriminación que implique un trato desfavorable por razón de género y exija el respeto de los principios de igualdad de trato y no discriminación.
Ya hay empresas que han sido multadas por no cumplir las mencionadas obligaciones. Es más, en el año 2020, la Inspección de Trabajo aumentó su intervención para comprobar el estado de los Planes de Igualdad. A continuación enumeramos las siguientes actuaciones:
Actuación | Infracciones | Importe de las infracciones |
Discriminación por razón de sexo en la relación laboral | 38 | 341.778,50 euros |
Acoso sexual | 17 | 19.341 euros |
Planes de Igualdad y otras obligaciones | 38 | 71.617 euros |
Acoso discriminatorio por razón de sexo | 4 | 43.753 euros |
Derechos sobre conciliación en la vida laboral y familiar | 10 | 10.382 euros |
Protección a la maternidad | 40 | 221.662 euros |
Discriminación por razón de sexo en el acceso al empleo | 14 | 81.894 euros |
TOTAL: | 161 | 790.427,50 euros |
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!