El plan de igualdad en empresas es obligatorio para las empresas de 50 o más personas trabajadoras y también puede exigirse por convenio colectivo o como medida derivada de una sanción. Su objetivo es detectar desigualdades y establecer medidas para garantizar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

En este artículo vamos a tratar...
Qué empresas deben tener plan de igualdad
Deben elaborarlo y aplicarlo las empresas con 50 o más personas trabajadoras. También deben registrarlo en el registro público correspondiente. Aunque una empresa no llegue al umbral, puede necesitar medidas específicas de igualdad, registro retributivo y protocolos frente al acoso.
Qué debe incluir
- Diagnóstico de situación negociado con la representación legal.
- Auditoría retributiva cuando proceda.
- Objetivos concretos y medidas evaluables.
- Calendario de aplicación.
- Sistema de seguimiento y evaluación.
- Medidas sobre selección, promoción, formación, retribución, corresponsabilidad y prevención del acoso.
Registro retributivo y auditoría salarial
Todas las empresas deben tener registro retributivo. En las empresas obligadas a plan de igualdad, la auditoría retributiva forma parte del diagnóstico y ayuda a detectar posibles brechas salariales no justificadas.
Medidas LGTBI en empresas
Además del plan de igualdad entre mujeres y hombres, las empresas de más de 50 personas trabajadoras deben contar con un conjunto planificado de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, conforme al Real Decreto 1026/2024. Estas medidas incluyen, entre otros aspectos, formación, protocolos y acciones para prevenir el acoso o la violencia.
Errores frecuentes
- Confundir registro retributivo con plan de igualdad.
- No negociar correctamente el diagnóstico y las medidas.
- Crear un documento genérico sin datos reales de la empresa.
- No registrar el plan.
- No hacer seguimiento periódico ni actualizar medidas.
- Olvidar la conexión con prevención del acoso, formación y políticas internas.
Fuentes oficiales recomendadas
- BOE: Real Decreto 901/2020 sobre planes de igualdad.
- BOE: Real Decreto 1026/2024 sobre medidas LGTBI en empresas.
- Igualdad en la Empresa: recursos oficiales.
Conclusión
El plan de igualdad no debería tratarse como un trámite documental. Bien hecho, permite ordenar políticas internas, reducir riesgos laborales y acreditar cumplimiento ante inspecciones, licitaciones y clientes.





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